Informe Mesa Sectorial 30/11/2016. Borrador Orden de prácticas universitarias.

2 - diciembre - 2016 Mesa Sectorial

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Borrador de orden prácticas universitarias.

Desde USTEA planteamos nuestro malestar y preocupación ante la regulación de esta orden en la que, entre otras cosas, faltan medidas concretas que propicien e impulsen la tutorización de las prácticas univertarias en los centros educativos.

Solicitamos la retirada de esta orden y la apertura de un proceso negociador, ya que esta orden que afecta al profesorado de los centros docentes no universitarios, se ajusta a un convenido firmado exclusivamente con Universidad, en el que no se ha tenido en cuenta la voz del profesorado docente no universitario.

Entre otras cuestiones, en dicho convenio se ha eliminado el complemento retributivo del profesorado de secundaria, tutor de alumnado en prácticas (en primaria no se cobraba dicho complemento) y la partida económica en gastos y funcionamiento que recibían los centros educativos que acogían alumnado universitario.

En USTEA entendemos que la formación debe transformar las prácticas docentes a la vez que hace frente a los retos educativos, y el profesorado y los centros, deben protagonizar ese proceso formador.

Para que esto se pueda dar, es necesario que la Administración Educativa impulse esa participación activa y esta orden, adolece de medidas concretas que la impulsen, como por ejemplo, que la formación del profesorado tutor se realice en horario lectivo y la posibilidad de disponer de reducción horaria para desarrollar la tutorización (tutela, colaboración en el diseño y aplicación de la intervención didáctica, facilitar la información necesaria, iniciarlo en los procedimientos administrativos básicos, evaluar las prácticas, hacer los informes correspondientes, etc.)

Cuestiones concretas que solicitamos:

 Artículo 4. Comisiones Provinciales de seguimiento.

  • Apartado 2. d). Acciones formativas del profesorado tutor. Que se tengan en cuenta las necesidades y propuestas de formación del claustro del centro acreditado.

Artículo 5 sobre el Proyecto Formativo y artículo 7 sobre la tutoría académica universitaria.

  • 5.2. y 7.2. Sobre el Proyecto Formativo y la coordinación. Que la Administración facilite mecanismos para que los asesores y asesoras de referencia se puedan integrar en la dinámica de los claustros y atender las necesidades del profesorado. Reducción horaria del profesorado.
  • 5.5. Centros de FP y la relación del centro con las empresas. Reducción horaria que facilite la coordinación en el propio centro educativo.

Artículo 8. La tutoría del centro educativo.

  • 8.4. “El profesor tutor participará en las redes profesionales y en la formación para tutores y tutoras que se diseñe desde la Administración”. La formación solo puede tener carácter obligatorio si su realización se contempla dentro del horario lectivo. Si la formación no es obligatoria proponemos que se recoja “podrá participar”. Insistimos en la necesidad de contemplar las propuestas de formación del claustro.
  • 8.5. Sobre el reconocimiento de la labor de las personas tutoras. Además del reconocimiento para procedimientos de provisión de puestos de trabajo, solicitamos el complemento retributivo correspondiente para el profesorado.

Artículo 11. Acreditación de los centros educativos.

  • 11.4. Sobre el Proyecto Formativo del Centro. Que la Administración facilite unas instrucciones que sirvan de orientación y unifiquen criterios generales y objetivos, para todos los centros colaboradores como por ejemplo, criterios pedagógicos que establezcan la prioridad del profesorado tutor que acoge alumnado en el centro, mecanismos de coordinación, de asesoramiento externo, de formación del profesorado tutor, reducción horaria, etc.
  • Que se mantenga, como en la anterior orden, el incremento económico en el presupuesto de gastos de funcionamiento del centro para los centros colaboradores y la preferencia para la participación en proyectos y programas de la Administración.

 

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