Requerimiento de subsanaciones de las solicitudes de subvenciones para proyectos de Voluntariado para el curso 2017/2018.
De acuerdo con la ORDEN de 15 de abril de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones de alumnado y de madres y padres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar y la RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2017, de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se efectúa la convocatoria pública para el curso 2017/2018.
En relación a la línea de subvención: Promoción del voluntariado a través de entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de madres y padres para la realización de proyectos de voluntariado y de participación en actividades complementarias y extraescolares en Andalucía, se requiere la subsanación de las solicitudes presentadas y listadas en fichero adjunto en el plazo de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la fecha de esta publicación en la web (del 6 de septiembre al 19 de septiembre ambos inclusive).
Si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidas de su solicitud, de acuerdo con el artículo 13 de la citada Orden.
Los documentos mediante los que las personas o entidades interesadas efectúen la subsanación podrán presentarse en cualquiera de los lugares y por cualquiera de los medios indicados en el apartado Cuarto de la convocatoria:
“Lugar y plazo de presentación.
- Las solicitudes se podrán presentar en los lugares y registros siguientes:
- En el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica: www.juntadeandalucia.es/educacion
- En los lugares y registros previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Para utilizar el medio de presentación electrónico, se deberá disponer de un certificado electrónico reconocido expedido por cualquiera de los prestadores de servicios de certificación cuyos certificados reconoce la Administración de la Junta de Andalucía. La relación de prestadores de servicios de certificación cuyos certificados electrónicos reconoce la Administración de la Junta de Andalucía se puede consultar en la dirección electrónica indicada en el apartado 10.d) de cada Cuadro Resumen. Igualmente se podrán utilizar, a efectos de identificación y firma de los interesados, los sistemas previstos en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.”
En caso de presentarlos a través de la Oficina de Correos y para agilizar su recepción, sería conveniente realizar el envío por correo certificado urgente y con acuse de recibo.
A fin de que quede constancia en la Dirección General del envío o entrega de la documentación requerida, y para mayor agilidad del proceso, una vez realizado dicho envío, sea remitida copia por correo electrónico a las siguientes direcciones:
Correo electrónico:
Teléfonos de Contacto:
- 955064086 (corporativo 364086) – Juana Mª Moreno Álvarez
- 955066893 (corporativo 366893) – Mª Eugenia García Aguilar