El pasado 30 de diciembre de 2017 se publicó en el BOJA la Orden de 28 de diciembre de 2017, por la que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Andalucía donde viene recogido lo que USTEA lleva reclamando años, que las horas de guardia sean lectivas. Durente el curso actual una hora de guardía será considerada lectiva, y el curso 2018-19 dos horas de guardia serán consideradas lectivas.
Disposición final segunda. Inclusión de horas dedicadas al servicio de guardia en la parte lectiva del horario regular.
De conformidad con el apartado Tercero.1 del Anexo del Acuerdo de 26 de diciembre de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo de la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, de 18 de diciembre de 2017, sobre medidas transitorias para ordenar la jornada de trabajo y horarios del personal empleado público de la Junta de Andalucía, para el personal docente de los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, se llevará a cabo una redistribución del horario regular, a excepción del que imparte las enseñanzas de educación infantil y primaria y el de los Centros Específicos de Educación Especial, de tal manera que durante una hora semanal en el curso escolar 2017-2018, y dos horas semanales en el curso 2018-2019, de las dedicadas a la actividad del servicio de guardia, se considerarán incluidas en la parte lectiva de dicho horario regular.
Puedes ver en el siguiente enlace la lucha y reivindicaciones mantenidas desde USTEA para los horarios de los docentes andaluces:
La Consejería de Educación y los horarios del profesorado de Secundaria: años de tomadura de pelo