La Instrucción de 1 de octubre de 2018, que regula las elecciones docentes, establece que las direcciones de los centros organizarán la jornada lectiva del día 4 de diciembre de 2018 de manera que parte del profesorado inicie su jornada dos horas o una hora más tarde, según haya de desplazarse o no a otra localidad para ejercer el derecho al voto, o bien finalice su jornada dos horas o una hora antes, de acuerdo al mismo criterio.
Con fecha 21 de noviembre, la Consejería de Educación ha remitido a las direcciones de todos los centros educativos andaluces un escrito relativo a la organización de la jornada electoral del 4 de diciembre, en el que hace una serie de puntualizaciones. En resumen, tu director o directora:
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Ha de facilitar un periodo temporal suficiente para que el derecho al voto se pueda ejercer de forma libre, voluntaria y secreta.
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Tiene que organizar la jornada lectiva del 4 de diciembre con antelación suficiente, de forma que todo el profesorado conozca con antelación si le corresponde el inicio diferido de jornada o la finalización anticipada de la misma.
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No podrá solicitar al profesorado ninguna justificación de haber ejercido el derecho al voto.
Andalucía, 22 de noviembre de 2018
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