Instrucciones Elecciones Sindicales

2 - diciembre - 2014 Sin categoría

Instrucciones Elecciones Sindicales

6.  HORARIO LECTIVO EN EL DÍA DE VOTACIÓN.

 

1. Las personas titulares de la dirección de los centros educativos que imparten enseñanzas de gimen General y de Régimen Especial arbitrarán las medidas oportunas para que el personal docente pueda hacer uso de una hora para ejercer el derecho al voto, a lo largo del horario lectivo (en los niveles de infantil y primaria) o regular (resto de niveles educativos), garantizándose en todo momento la atención educativa del alumnado. En aquellos centros en que, para ejercer el derecho al voto, los electores tengan que desplazarse a otra localidad, se podrá hacer uso de hasta dos horas. Las referidas medidas, que respetarán la confidencialidad en la intención de ejercer dicho derecho y que se deberán conocer con al menos veinticuatro horas de antelación al día de la votación, podrán requerir, en su caso, el establecimiento de un horario especial que concilie el derecho al voto del profesorado con el derecho al servicio educativo del alumnado.

Mañana el Equipo directivo debe decirte que hora de tu horario laboral del jueves tienes para ejercer tu derecho al voto, con la confidencialidad del mismo, no hay que justificar que se ha ido a votar.