Instrucciones sobre la exigencia a personal docente y no docente de los centros y servicios educativos de la certificación negativa de datos inscritos en el registro de delincuentes sexuales

21 - junio - 2016 Instrucciones

Instrucción 9/2016, de 20 de junio, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, sobre exigencia a personal docente de los centros y servicios educativos del ámbito de gestión de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de la certificación negativa a que se refiere el artículo 13.5 de la ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del código civil y de la ley de enjuiciamiento civil.

 

Objeto y ámbito de aplicación

a) Personal funcionario y laboral docente que pretenda prestar o preste servicios en los centros y servicios educativos del ámbito de gestión de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.
b) Personal funcionario docente integrante de los Servicios Provinciales de Inspección de Educación.
c) Estudiantes que realicen o pretendan realizar prácticas en los centros docentes, así como auxiliares de conversación

Dicho personal podrá optar por una de las dos vías siguientes

  • a) Autorización a la Consejería de Educación
  • b) Aportación de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales

Cualquiera de estas opciones  se han de llevar a cabo en los diez días hábiles siguientes (del 21 de junio al 1 de julio) a la publicación de esta Instrucción.

Dicho trámite se podrá hacer, cumplimentando, a través de la sección de trámites administrativos de Portal Docente, un formulario de declaración y consentimiento. Para su teletramitación es necesaria la previa posesión del DIPA o certificado digital.