Resolución aprobada en el Pleno Federal de USTEA
5 de marzo de 2021
En febrero del curso pasado se publicó la Instrucción conjunta de 19 de febrero de 2020, de la Dirección General de Planificación y centros y de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, sobre determinados aspectos relativos al procedimiento de admisión y matriculación del alumnado y a la concesión de ayudas económicas a las familias en el primer ciclo de la educación infantil para el curso 2020/21 en centros adheridos al programa de ayuda para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía. Las consecuencias de esta norma son terribles para la infancia en general y para la población migrante en proceso de regularización en concreto.
A los niños y niñas cuyos padres o madres no presenten un NIF o NIE, se les asignarán 0 puntos en dicho apartado, quedando así excluidos de la bonificación correspondiente. Este nuevo criterio, en la práctica, supone la exclusión de cualquier tipo de bonificación de pago en escuelas infantiles para aquellas familias cuyo padre y/o madre se encuentran en una situación administrativa irregular, lo que implica la expulsión, de facto, de niños y niñas menores de tres años del sistema educativo con todas sus implicaciones, tanto para el desarrollo y socialización de las criaturas, como para el conjunto de la familia.
De esta manera, las familias migrantes trabajadoras en proceso de regularización entran en un círculo ilógico de difícil solución. Y es que para regularizar su situación necesitan un trabajo, el cual difícilmente van a poder ejercer, al no poder dejar, durante su jornada laboral, a sus hijos e hijas en la escuela, precisamente por no estar regularizados. Todo un sinsentido de lo que parece una concesión a los preceptos de la extrema derecha.
Estas instrucciones son fruto de una racismo institucional que destruye los cimientos de la convivencia al dificultar de manera extrema la posibilidad de regularización del colectivo migrante. Incluso, son claramente clasistas, ya que apuntan sólo a aquellas familias migrantes trabajadoras, puesto que familias de otra extracción social no se enfrentarán a este problema, al poder afrontar los pagos de las mensualidades sin las bonificaciones correspondientes. Además, al negarles el derecho a la escolarización a estos niños y niñas, es preciso indicar que parte de estos cuidados pasarán desde la esfera pública a la privada, recayendo sobre las espaldas de las mujeres, que son quienes mayoritariamente soportan el peso de estas labores, intensificando así la crisis de los cuidados.
Las implicaciones de estas instrucciones vulneran los derechos de la infancia, según lo recogido en los artículos 2 y 3 de la Convención de los Derechos del Niño en lo referente al derecho a no ser discriminado y al interés superior del menor. Así, debido a la situación administrativa irregular de sus familias, estos niños y niñas quedan excluidas del derecho a la educación en las edades más tempranas, que es cuando se comienza la socialización. Desde USTEA pedimos, por tanto, que se modifiquen los criterios para las bonificaciones para la primera etapa de la educación infantil, de forma que no se niegue el derecho a la escolarización a ningún niño o niña, ya sea por su origen o extracción social.