La Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos ha hecho pública una Nota Informativa sobre el llamado “concursillo”
Como es conocido, la Orden de 18 de junio de 2016, por la que se modifica la Orden de 24 de mayo de 2011, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes […], incluía una Disposición final primera, por la que se modificó, a su vez, la Orden de 26 de febrero de 2008, de regulación de las comisiones de servicio del personal funcionario docente dependiente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación.
Esta última modificación vino a dar solución a la posibilidad de que el personal funcionario de carrera participara en el procedimiento de adjudicación de destinos provisionales, en orden a conciliar la vida familiar, personal y laboral. Para ello, dicho personal ha de solicitar PREVIAMENTE una comisión de servicio por alguna de las razones que se establecen en el apartado 3 del artículo 3 de la referida Orden de 26 de febrero de 2008.
Así pues, quienes deseen obtener destino provisional para el curso académico 2017/2018, por alguna de las razones establecidas en el mencionado artículo 3.3., habrán de solicitar la oportuna comisión de servicios en el plazo comprendido entre los días 1 y 31 de marzo de 2017, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de dicha Orden de 26 de febrero de 2008. Las solicitudes correspondientes habrán de cumplimentarse y teletramitarse, inexcusablemente, a través del formulario web que estará disponible durante el plazo citado en el portal web de la Consejería de Educación
De no solicitarse en el referido plazo, salvo que la causa que las motive se produzca en fecha posterior a dicho plazo, no se podrá participar en el citado procedimiento de adjudicación de destinos provisionales.
Sevilla, 15 de febrero de 2017.
DIRECCIÓN GENERAL DEL PROFESORADO
Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS