Artículo 1. Objeto y finalidad
La presente orden tiene por objeto regular el procedimiento a seguir en aquellos casos en los que el personal docente interino nombrado incurra en una manifiesta falta de capacidad pedagógica, que no sea motivo de apertura de expediente disciplinario.
La finalidad del procedimiento es determinar la procedencia de revocar su nombramiento, así como su exclusión de las listas de aspirantes a desempeñar puestos de trabajo docentes en régimen de interinidad….
Cantabria: Procedimiento para cesar a docentes interinos por notable incapacidad pedagógica
29 - agosto - 2012 Personal Interino